La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) estableció el procedimiento para vincular, a fines previsionales, las historias laborales
que pertenecen a la misma persona pero aparecen como pertenecientes a individuos diferentes. Para eso, extendió el uso de las pautas que
regían para los hijos de desaparecidos. Al igual que en ese caso, se exige una resolución judicial sobre la identidad.
La resolución 439 de la ANSeS fijó que para vincular las historías laborales se utilizará el mismo procedimiento que para la modificación del
apellido con el que se encuentra inscripta la persona física en los registros del organismo.
El procedimiento fue establecido por el Anexo I la resolución 316 de la ANSeS, del 15 de abril pasado.
Pero la nueva resolución se fundamenta en que la norma referida a los hijos de desaparecidos no contempla la diversidad de causas posibles
para que los datos personales de un eventual beneficiario previsional aparezcan cambiados, lo que hace imposible a muchas personas acceder
al haber jubilatorio.
Bajo el título "Procedimiento Modificación Datos Filiatorios", ese Anexo pide que se presente ante la ANSeS el titular con DNI y resolución judicial
que reconozca la identidad de aquellas personas a las que, por distintas razones, se les había negado el conocimiento de su verdadera identidad,y se hubieren cambiado sus datos personales o filiatorios entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983.