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Qué tengo que hacer para jubilarme

Crónica

A medida que se acerca la edad y la decisión de jubilarse, habiendo aportado al régimen de reparto, comienzan las dudas sobre ¿qué trámites se deben realizar?, ¿qué papeles se deben presentar?, ¿dónde?, ¿cuándo? En esta nota se explicaran los pasos que responden la gran pregunta: ¿cómo me jubilo?
1.- Se debe cumplir con los requisitos de edad -60 años, las mujeres; 65, los hombres-.
2.- Reunir treinta años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes comprendidos en el sistema de reciprocidad jubilatoria.
3.- Pertenecer al Régimen de Reparto. Si pertenece al Régimen de Capitalización deberá peticionar la prestación ante la AFJP en que se encuentra afiliado.
4.- Si cumple con esos requisitos, debe entrar a la página de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), www.anses.gov.ar, ingresar a la Autopista de Servicios y solicitar un turno.
5.- La documentación que se debe presentar es la siguiente: DNI, LC o LE del titular (en caso de no poseerlo deberá presentar constancia de DNI en trámite).


Para los autónomos

Además, si es trabajador autónomo, si tiene boletas de pagos autónomos y/o monotributistas para validar deberá presentar: formularios 558/A - 558/B y 558/C “Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos - Declaración Jurada - SICAM (Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas)”, que se obtiene a través de la página web de la AFIP (www.afip.gov.ar); boletas originales y fotocopias de pagos autónomos y/o monotributistas incorporados y/o modificados a través del sistema SICAM; ticket de cancelación de deuda emitido por el banco, de corresponder y solo en los casos que no se encuentre registrada la cancelación de la deuda en SICAM, una vez finalizado el proceso de validación.
En caso de no tener boletas para validar: formularios 558/A - 558/B y 558/C “Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos - Declaración Jurada - SICAM”, que se obtiene a través de la página web de la AFIP; ticket de cancelación de deuda emitido por el banco, de corresponder, solo en los casos que no se encuentre registrada la cancelación de la deuda en SICAM.


Relación de dependencia

Si es trabajador en relación de dependencia con certificación de servicios: formulario P.S.6.2 “Certificación de Servicios y Remuneraciones”, que se obtiene en la página web de la ANSES y los extendidos con anterioridad, debidamente certificados; formulario P.S.6.1 “Afectación de Haberes”, que se obtiene en la página web de la ANSES, debidamente certificado, en los casos de renuncia por Decreto 8820/62, 9202/62 y 557/63 o, si trabajando en una repartición nacional su haber sufre descuentos de seguro de vida o préstamo; formulario P.S.5.7 “Derivación de Aportes de Obra Social”, que se lo obtiene en la página web de la ANSES, en caso de optar por la misma obra social de su actividad laboral.
Ante la falta de certificación de servicios se podrá presentar: recibos de sueldo, donde consten las retenciones en concepto de aportes jubilatorios; comprobante de afiliación a obras sociales y/o gremios, original y fotocopia; constancia de afiliación a la asignación del CUIL (ex cajas), original y fotocopia.

 
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