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ANSES > Trabajadores en Actividad> OO.SS: Cambio de cat. laboral de los trabajadores en relación de dependencia.
CAMBIO DE CATEGORIA LABORAL DE LOS TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA
Es el reencasillamiento del trabajador, dispuesto por su empleador, en un nivel superior o inferior al que se encuentra empadronado en el Padrón del Sistema Nacional del Seguro de Salud (SNSS) que administra ANSES, correspondiéndole, por ese motivo, una obra social de distinta naturaleza dentro de las comprendidas en la Ley Nº 23.660.

  Consideraciones generales

  • La novedad de cambio de categoría es recibida en cualquier UDAI/Delegación de esta Administración Nacional o en la obra social y debe coincidir con la obra social consignada por el empleador en la Declaración Jurada mensual a presentar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con el objeto de asegurar el correcto direccionamiento de los aportes.
  • Además, ésta debe ser presentada dentro del mes de la recategorización.
  • El trámite lo puede realizar el trabajador titular de la obra social o un tercero que lo represente.
  • IMPORTANTE: En el caso de que un titular posea una opción de cambio de obra social, la información ingresada al sistema por la recategorización, figurará pendiente de confirmación hasta tanto se apruebe la novedad, visualizándose en el Comprobante de Empadronamiento - CODEM - la obra social elegida.

  Documentación a presentar

  • DNI, LC, LE (Original y Fotocopia).
  • Copia del último recibo de sueldo confeccionado de acuerdo a las formalidades de ley.
  • Original y copia del Formulario PS.5.3 - Frente   Dorso   - "Declaración Jurada del Trabajador y su Grupo Familiar adheridos al Sistema Nacional del Seguro de Salud", en el cual se declara la modificación de la obra social. Si la presentación la efectúa un tercero o se realiza ante la obra social, la firma del titular debe estar certificada por autoridad competente (policial, notarial o judicial).
  • Nota formal con membrete de la empresa en la que conste el cambio de categoría laboral del trabajador en relación de dependencia y la fecha de vigencia del mismo. Dicha nota podrá estar firmada por:
    1. El empleador
    2. Responsable autorizado o
    3. Representante legal de la empresa. En este caso, deberá adjuntar copia del poder subscripto por el representante a fin de acreditar la personería invocada en la nota mencionada.
En los puntos 1 y 2 la firma deberá estar certificada por autoridad competente (autoridad policial, notorial, judicial, consular competente si el titular es argentino residente en el exterior, director de hospital público si el titular se encuentra internado).
 
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