El beneficiario puede optar por cobrar en cualquiera de las entidades bancarias habilitadas por ANSES para efectuar los pagos, así como en alguno de los Centros de Pago exclusivos.
El cambio no representa costo alguno para el jubilado.
CÓMO HACERLO TELEFÓNICAMENTE
A través del 0800-22-26737, de lunes a viernes de 08 a 20 hs.
El titular o un tercero solicitan al operador el cambio indicando el banco dónde se cobra y a cuál se quiere cambiar. Posteriormente, el operador se comunicará únicamente con el titular*para verificar la solicitud de cambio.
ACLARACIóN*: No todas las solicitudes pueden tramitarse telefónicamente. Las excepciones que a continuación se detallan deberán ser tramitadas en forma presencial en una UDAI (Unidad de Atención Integral).
No podrán tramitarse telefónicamente las solicitudes de beneficiarios que:
No posean teléfono de contacto.
No sean los titulares del beneficio (el solicitante no supera la "verificación de Tritularidad" ya sea porque no responde correctamente las preguntas de verificación, o porque posee impedimentos físicos para expresarse oralmente, o bien, porque se trata de un es menor de edad, etc).
Esten insanos o posean un Curador.
Perciben sus haberes a través de Tesorería.
Otorguen Poder a Banco (Banco Apoderado).
El beneficiario podrá solicitar el cambio siempre que el banco elegido figure en el listado de las ANSES.
En el caso que desee cambiar el banco del que usted es cliente, pero que no figure en el listado de ANSES, deberá contar con la aceptación de dicho banco para el pago de sus haberes o para nombrarlo como apoderado.
El listado de Bancos y Centros de Pago habilitados por ANSES para efectuar el pago de haberes, está disponible en esta página en cualquier delegación del organismo.
El cambio de banco se hará efectivo aproximadamente a los 90 días desde la verificación de titularidad. Mientras tanto, continuará cobrando en su banco habitual.