Para la activación en forma inmediata de un beneficio suspendido el trámite lo debe realizar únicamente el Titular, Curador, Tutor o Apoderado para percibir. |
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| Documentación
a presentar |
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DEL TITULAR
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Exhibir DNI, LC, LE o CI en caso de figurar ésta en la OPP, para acreditar identidad.
En caso de no poseer DNI, LC, LE o CI, deberá presentar constancia de DNI en trámite. |
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Documentación pertinente a la causa que originó la suspensión. |
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DEL REPRESENTANTE
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Formulario Carta Poder para tramitar o poder general otorgado por Escribano, en caso que no figure en el recibo de cobro (OPP / CPP) y al solo efecto de la presentación del reclamo, en cuyo caso la activación de pago será diferida. |
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Certificado de Supervivencia con una validez de cinco (5) días corridos, emitido por la autoridad policial, judicial o consular. De encontrarse el beneficiario internado, el certificado debe ser otorgado por el Director, Administrador o Gerente de la Institución donde se encuentre, con firma, cargo, sellos de la autoridad firmante y de la Institución. |
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Exhibir DNI, LC o LE, o CI en caso de ser extranjero y no poseer DNI para acreditar identidad.
En caso de no poseer DNI, LC, LE o CI deberá presentar constancia de DNI en trámite.
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ABOGADO / GESTOR:
Deberá estar registrado en la Base de Gestores autorizados como abogado/gestor habilitado.
Caso contrario, se deberá solicitar: |
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Si es profesional (abogado): |
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credencial habilitante. |
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DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja. |
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Nota del profesional solicitando su incorporación al registro de abogados de ANSES. |
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Si es gestor: |
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DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja. |
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Nota solicitando su incorporación al registro de gestores de ANSES. |
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