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ANSES > Convenios Internacionales

Los Convenios o Tratados Internacionales son acuerdos en materia de Seguridad Social que se realizan entre dos o más Estados y que establecen reglas recíprocas que deben cumplir las personas, que prestaron servicios en esos países, con el fin de obtener las prestaciones previstas en las legislaciones de cada uno de los Estados que suscribieron el acuerdo.

La República Argentina suscribió convenios con Brasil, Chile, Uruguay, España, Italia, Portugal, Grecia y Mercosur.

Si usted desarrolló tareas en relación de dependencia o autónomas, y realizó los aportes respectivos a los sistemas de la Seguridad Social, de los países que celebraron con Argentina un convenio que permite reciprocidad de trato en materia jubilatoria, puede solicitar el cómputo de esas tareas desempeñadas en el exterior para percibir una prestación por Convenio Internacional.

Puede solicitar, si reúne los requisitos estipulados en las cartillas correspondientes a cada prestación: la Prestación Básica Universal, la Prestación Compensatoria, la Prestación Adicional por Permanencia o la Jubilación Ordinaria, según se encuentre afiliado al Régimen de Reparto o al de Capitalización; la Prestación por Edad Avanzada; el Retiro por Invalidez; la Pensión por Fallecimiento de un Afiliado en Actividad y la Pensión por Fallecimiento de un Beneficiario.

IMPORTANTE: El Acuerdo Multilateral del MERCOSUR se encuentra en vigencia desde el día 1 de junio de 2005. Se aplica a los trabajadores con aportes posteriores a la entrada en vigencia del mismo y reemplaza a los acuerdos bilaterales con la República Federativa del Brasil y República Oriental del Uruguay.

 

Acuerdo Multilateral de Seguridad Social del MERCOSUR: Reconocimiento de servicios prestados en terceros estados.

Los trabajadores que, habiendo prestado servicios en dos estados del MERCOSUR, no tuvieran reunido el derecho a las prestaciones, podrán computar los servicios prestados en otro Estado que hubiera celebrado convenios bilaterales o multilaterales de seguridad social con cualquiera de los Estados partes.

En este sentido, los convenios vigentes son:

En ANSES se gestionan todas las prestaciones contempladas por la Ley 24.241 de las personas que hayan optado por el Sistema de Reparto.
Si Ud. está afiliado a una A.F.J.P. (Régimen de Capitalización), debe dirigirse a ella para solicitar la prestación por convenios internacionales.
Puede gestionar su prestación y cobrar el beneficio personalmente, o a través de un representante.
Convenios Bilaterales y sus Acuerdos
MERCOSUR   Brasil
  Chile   Uruguay
  España   Italia
  Portugal   Grecia

 

Jubilación por Convenio Internacional
Pensión por Fallecimiento de un Afiliado en Actividad por Convenio Internacional
Pensión por Fallecimiento de un beneficiario de una prestación por Convenio Internacional
¿Dónde pueden solicitarse estas prestaciones?
Capital Federal y Gran Buenos Aires: Unidad Convenios Internacionales. Chacabuco 479, 1° piso, Código Postal C1069AAI, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Interior: UDAI o Delegación de ANSES más cercana a su domicilio.
Instituciones que intervienen en la cumplimentación u obtención de la documentación adicional exigida por el Organismo Previsional Extranjero:

ITALIA
Consulado Gral. de Italia (M. T. de Alvear 1149).
Patronatos:
INCA (Tacuarí 445 T.E. 4334-6020)
ITAL UIL (Pte. Perón 1362 T.E: 4373-5040)
ACLI (Av. Rivadavia 1255 Piso 1º T.E: 4381-2890)
INAS (Av. Belgrano 1225 T.E: 4381-1509)
SIAS (Güemes 4762 TE: 4899-2555

ESPAÑA
Conserjería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Embajada de España (Viamonte 166, Código Postal C1053ABD, Ciudad de Autónoma de Buenos Aires).
CHILE
Consulado de Chile - (San Martín 439 - Piso 9º)

 
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