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ANSES > ¿Cómo me jubilo?¿Cómo tramito mi pensión? > Régimen de Reparto: Prestación por edad avanzada por invalidez
prestaciÓn por edad avanzada por invalidez
Si el afiliado mayor de sesenta y cinco (65) años de edad se incapacita tiene derecho a la Prestación por Edad Avanzada, si además acredita la condición de aportante regular o irregular con derecho.
 

  Consideraciones generales

El goce de la Prestación por Edad Avanzada por invalidez es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión o retiro civil o militar, nacional, provincial o municipal. No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre que se renuncie a las otras prestaciones.

IMPORTANTE

Previo a iniciar el trámite deberá haber acreditado ante ANSES sus datos personales, y los datos de sus relaciones familiares en la Base de Datos de Personas (ADP), mediante la presentación de la documentación que corresponda en cada caso.

  Requisitos que debe reunir  

•  Haber cumplido sesenta y cinco (65) años de edad cualquiera fuera el sexo.

•  Tener una incapacidad física o intelectual total del 66% o más.

•  El goce de esta prestación es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión, retiro civil o militar nacional, provincial o municipal. No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre y cuando renuncie a las otras prestaciones.

•  Cumplir con la condición de aportante regular o irregular, de conformidad con las disposiciones de los Decretos 1120/94, 136/97 y 460/99.

 

 

APORTANTE

REGULAR

Acreditación de la Calidad de Aportante:

•  haber aportado como mínimo treinta (30) meses dentro de los treinta y seis (36) meses anteriores a la solicitud de la prestación.

•  acreditar el mínimo de años de servicio exigidos en el régimen común (30 años) o diferencial conforme al decreto o ley en el que se encuentre incluidos, para acceder a PBU/ PC/ PAP. De no reunir este requisito, podrá completar los 30 años de servicios con aportes mediante la adhesión a la moratoria Ley 24.476 y así adquirir la calidad de Aportante Regular.

 

 

 

APORTANTE

IRREGULAR

CON

DERECHO

Puede acreditar la irregularidad con derecho a través de las siguientes opciones:

• Haber aportado como mínimo dieciocho (18) meses dentro de los treinta y seis (36) últimos anteriores a la solicitud de la prestación.

• El afiliado en relación de dependencia o autónomo, que reúna el cincuenta por ciento (50%) del mínimo de años de servicios exigidos por el régimen común o diferencial en el que se encuentre incluido para acceder a la PBU/ PC/ PAP, siempre que se acredite el efectivo ingreso de los aportes y dentro de los sesenta (60) meses anteriores a la fecha de solicitud, registre por lo menos doce (12) meses de retenciones previsionales. De no reunir este 50% podrá completarlo mediante la adhesión a la moratoria Ley 24.476,  siempre que acredite el pago de doce (12) meses de aportes dentro de los 60 meses anteriores a la solicitud.

Aclaraciones

•  En este supuesto el peticionante puede alcanzar el cincuenta por ciento (50%) de los servicios con aportes, computando servicios por Declaración Jurada.

A los fines de acreditar la condición de aportante regular o irregular con derecho , deberán tenerse como servicios con aportes para el trabajador autónomo, el ingreso de las cotizaciones pertinentes durante el mes de la fecha de vencimiento, en tiempo y forma, y para los trabajadores dependientes la retención efectuada por los empleadores.

•  Si el afiliado inició su actividad como trabajador autónomo con posterioridad al 15/07/94 debió haber cumplido con el examen médico para trabajadores autónomos y haber resultado "apto" en el mismo.

 

  Documentación que debe presentar

DEL TITULAR :

•  Exhibir DNI, LC, o LE, para acreditar identidad.

•  En caso de no poseer DNI, LC, o LE deberá presentar constancia de DNI en trámite.

 

Certificaciones Médicas:

  • Estudios, diagnósticos y certificados médicos que posea, formulados y firmados exclusivamente por los médicos asistentes del trabajador.

Nómina de los médicos que lo asistieron y actualmente lo asisten, detallando:-

Apellido y Nombre del especialista

Número de matrícula

Domicilio del consultorio, clínica, sanatorio u hospital donde desempeña sus tareas.

Documentación que acredite los niveles de educación formal alcanzados:

  • Formulario "Declaración Jurada sobre Nivel de Educación Formal Alcanzado" o declaración jurada firmada por el declarante.

 

ADEMÁS DE LA DOCUMENTACIÓN DETALLADA PRECEDENTEMENTE :

•  SI ES TRABAJADOR AUTÓNOMO

SI TIENE BOLETAS DE PAGOS AUTÓNOMOS Y/O MONOTRIBUTISTAS PARA VALIDAR

•  Formularios 558/A - 558/B y 558/C "Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos - Declaración Jurada - SICAM" (Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas). Se obtiene a través de la página WEB de AFIP ( www.afip.gov.ar ).

•  Boletas originales y fotocopias de los pagos autónomos y/o monotributistas incorporados y/o modificados a través del Sistema SICAM.

•  Ticket de cancelación de deuda emitido por el banco, de corresponder y sólo en los casos que no se encuentre registrada la cancelación de la deuda en SICAM, una vez finalizado el proceso de validación.

SI NO TIENE BOLETAS DE PAGOS PARA VALIDAR:

•  Formularios 558/A - 558/B y 558/C "Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos - Declaración Jurada - SICAM" (Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas). Se obtiene a través de la página WEB de AFIP ( www.afip.gov.ar ).

•  Ticket de cancelación de deuda emitido por el banco, de corresponder, sólo en los casos que no se encuentre registrada la cancelación de la deuda en SICAM.

SI ES TRABAJADOR EN RELACIÓN DEPENDENCIA CON CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS

•  Formulario P.S.6.2 "Certificación de Servicios y Remuneraciones", y los extendidos con anterioridad, debidamente certificados.

•  Formulario P.S.6.1 de "Afectación de Haberes" debidamente certificado, en los casos de renuncia por Decreto 8820/62, 9202/62 y 557/63 o, si trabajando en una repartición Nacional su haber sufre descuentos de Seguro de Vida o Préstamo.

•  Formulario P.S.5.7 "Derivación de Aportes de Obra Social", en caso de optar por la misma obra social de su actividad laboral.

SI ES TRABAJADOR EN RELACIÓN DEPENDENCIA SIN CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS

A falta de Certificación de Servicios, podrá presentar:

•  Recibos de sueldo, donde consten las retenciones en concepto de aportes jubilatorios.

•  Comprobante de afiliación a Obras Sociales y/o gremios. Original y fotocopia

- Constancia de afiliación anterior a la asignación del CUIL. (ex cajas). Original y fotocopia.

DEL REPRESENTANTE

Exhibir DNI, LC o LE para acreditar identidad.

Formulario P.S.6.4 "Carta Poder". Original, sólo en caso de no ser incluido en el Formulario de Solicitud de Prestaciones Previsionales.

Deberá estar registrado en la Base de Gestores autorizados como Abogado /gestor habilitado.

Caso contrario, se deberá solicitar:

Si es profesional (abogado):

credencial habilitante.

DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.

Nota del profesional solicitando su incorporación al registro de abogados de ANSES

Si es gestor:

DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.

Nota solicitando su incorporación al registro de gestores de ANSES

¿CÓMO SE DETERMINA EL HABER?
Será equivalente al 70% de la Prestación Básica Universal, más a Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia (ver procedimiento en Jubilación -PBU, PC, PAP).
 
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