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ANSES > ¿Cómo me jubilo?¿Cómo tramito mi pensión? > Pensión por fallecimiento de un beneficiario a través de Internet
PENSION POR FALLECIMIENTO DE UN BENEFICIARIO a travÉs de internet

 

Consideraciones Generales

  • A través del portal de internet de ANSES (www.anses.gov.ar) usted podrá tramitar pensiones que deriven del beneficio jubilatorio del titular fallecido, si el mismo se encontraba en el Régimen de Reparto.
  • Pueden solicitarla:
    - Viuda/o (Cónyuge o Concubino/a previsional).
    - Hijos/as solteros hasta los 18 años (que NO gocen de otro beneficio).
  • NO pueden tramitarse por este medio las siguientes pensiones:
    - del Régimen de Capitalización.
    - de fallecidos con anterioridad al mes de julio de 1994.
    - de ex - cajas tranferidas con marca de retiro de Policía o Penitenciaría.
    - derivadas de una pensión Honorífica de veterano de Guerra del Atlántico Sur.
    - de separado/a judicialmente o divorciado/a.
    - cuyo/s solicitante/s hayan extraviado su Documento Nacional de Identidad.
    - en las que deba darse intervención a las Comisiones Médicas (Hijos mayores de 18 años incapacitados).
    - cuyos hijos solicitantes, a la fecha de petición tengan cumplidos los 18 años.
    - cuyos solicitantes, tratándose de hijos menores de 18 años, se encuentren representados por un tutor.
    - en las que el solicitante sea titular de una prestación por edad avanzada.

  Requisitos que debe reunir

• Al momento de la solicitud, deben encontrarse acreditados los datos que a continuación se detallan:
- Datos personales.
- Relaciones con el beneficiario fallecido (Parentesco)
- Fecha de defunción del beneficiario fallecido (Partida de Defunción).
• Todos estos datos deben estar acreditados y relacionados entre el causante y el/los solicitante/s.
• El beneficiario fallecido y el/los solicitante/s deben tener asignado número de CUIL/T.

La acreditación de datos es un trámite sencillo y lo puede realizar sin solicitar turno en cualquiera
de nuestras dependencias, acompañando la documentación necesaria para cada caso.

  Operatoria a seguir

• Ingrese a la solapa Autopista de Servicios.
• Dentro de “trámites”, seleccione la opción: “Pensión Derivada”. Accederá a una pantalla explicativa que lo orientará sobre las condiciones que debe reunir para acceder al beneficio de pensión por fallecimiento de un beneficiario.
• Lea atentamente las instrucciones que se le muestran. Y recuerde que los datos que sean informados por usted en adelante revisten carácter de declaración jurada, debiendo ser cumplidos sin omitir ni falsear ningún dato, encontrándose sujeto a las penalidades previstas en los artículos 172, 275 y 292 del Código Penal correspondientes a los delitos de estafa y falsificación de documentos.
• Si desea continuar con la solicitud: presione la opción “continuar Trámite”. De lo contrario si opta por la opción “cerrar”: finaliza el proceso.
• Al seleccionar “Continuar trámite” se desplegará una segunda pantalla donde deberá seleccionar la relación en la que usted se encontraba al momento del fallecimiento. Seleccione la que corresponda:
- “Casado/a legalmente”
- “Concubino/Conviviente”
- “Separado/a de hecho”
• A continuación responda si usted percibe otro beneficio o tiene expediente en trámite, presionando el botón “SI” ó “NO”, según corresponda.
• En caso que usted haya contestado negativamente presione el botón “Continuar”. De lo contrario, si contestó afirmativamente, percibe otro beneficio o tiene iniciado expediente en trámite, ingrese el número de su beneficio o el número de expediente, y luego presione la opción “Continuar”.
• En la pantalla que se le presenta: Cargue el número de CUIL/T del causante (beneficiario fallecido), el número de CUIL/T de usted, y presione el botón “Continuar”.
• En caso que los datos de CUIL/T del Causante o de usted solicitante sean incorrectos, se le mostrará el mensaje correspondiente indicándole que es inválido el mismo. Ingrese nuevamente de forma correcta el CUIL/T.
• En caso que los datos ingresados de CUIL/T del Causante y de usted sean correctos, se le desplegará una pantalla para ingresar el CUIL de sus hijos menores de 18 años. De existir los mismos: ingresa los datos y presiona “continuar”. De no contar con hijos menores de 18 años, presiona únicamente el botón “continuar”.
• A continuación, si los datos ingresados se encuentran registrados en la base de Personas de ANSES, el sistema le mostrará una grilla con el nombre y apellido del causante (beneficiario fallecido) y de Usted solicitante. Si los datos son correctos: conteste afirmativamente presionando el botón “SI”. Caso contrario, si los datos son incorrectos: conteste negativamente optando por el “NO”.
• Si usted contesto negativamente, porque los datos que se muestran no son correctos, el sistema le informará mediante un mensaje que debe concurrir a la UDAI a acreditar sus datos. Ó puede volver al Inicio, presionando el botón “Inicio”, para cargar correctamente los mismos y comenzar nuevamente con el proceso.
• En caso que Usted haya contestado afirmativamente: presione el botón “continuar”. Previo a esto, si usted ha informado que cuenta con hijos menores de 18 años: el sistema le mostrará los datos de los mismos, visualice que sean correctos, y si corresponde marque los que no lo son, luego presione el botón “continuar”.
• Ingrese los datos que el sistema le pide. Y presione el botón “Continuar”.
• Si corresponde la solicitud: el sistema le emitirá una constancia de inicio donde se le informa el número de expediente.
• A partir de las 72 hs. del inicio de la solicitud usted si lo desea podrá consultar el estado de su trámite: A través de la página web de ANSES, ingresando a la Autopista de Servicios - Consultas, Opción “Seguimiento de Expedientes”.

 
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