Mediante este sistema de pago el Estado Nacional efectúa el pago de las asignaciones familiares directamente a los trabajadores.
Bajo este esquema, la determinación del derecho a las distintas asignaciones familiares la realiza ANSES, y abona el monto resultante a través de entes pagadores, que pueden ser Bancos o Correos, o acreditación en una cuenta bancaria.
Cuando una empresa es incorporada al Sistema Único de Asignaciones Familiares debe presentar ante ANSES una copia de todos los legajos de sus trabajadores, de forma tal de que este organismo pueda liquidarles las asignaciones familiares. Pasado el mes de incorporación o ante el ingreso de un nuevo trabajador, es responsabilidad de éste realizar el trámite correspondiente, para solicitar la liquidación y pago de las asignaciones familiares ante ANSES, presentando la documentación que acredite el alta, baja o modificación de su grupo familiar y la elección del medio de pago.
Cabe destacar que si un trabajador gestionó el pago de la Asignación Familiar por Nacimiento o Adopción, ANSES procederá a liquidarle automáticamente las asignaciones familiares mensuales sin necesidad de que éste las solicite formalmente, ni que deba realizar ningún trámite adicional.
El empleador está obligado a notificar a su personal, dentro de los diez (10) días hábiles de su ingreso o del traspaso de la empresa a SUAF, las normas que rigen el sistema de asignaciones familiares, mediante la cumplimentación de la Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares (Anexo Resolución DE - N Nº 641/2003), entregando constancia fehaciente de dicha notificación al trabajador.