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ANSES > Asignaciones Familiares> Jubilados y Pensionados: Tramitación de la autorización para el pago de la Asignación Familair por hijo / hijo con discapacidad - Régimen de Reparto

TramitaciÓn de la autorizaciÓn para el pago POR HIJO / HIJO CON DISCAPACIDAD - RÉgimen de Reparto

Para tramitar esta Autorización es necesario contar con la información del titular y su grupo familiar registrados en las bases de ANSES.

Si usted ya cuenta con sus datos actualizados no será necesario que presente nuevamente la documentación.

Todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado se considerarán válidas.

Se recuerda que cuando se produzca una modificación de sus datos personales como así también un alta, baja ó modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares es obligación del solicitante declarar dicha situación ante las oficinas de ANSES presentando la documentación necesaria.

  Documentación que debe presentar

- Original del Formulario PS.2.3 “Declaración Jurada Solicitud de Autorización de Pago de Asignaciones Familiares por Discapacidad”, cumplimentado en lo concerniente a:

I – Carilla 1 “Testimonio Médico”

No debe hacer cumplimentar este Rubro cuando la persona por quien solicita la “Autorización para el pago de Asignaciones Familiares por Cónyuge con Discapacidad” es titular de una o más de la documentación que se detalla:

• Certificado de Discapacidad vigente, emitido conforme al artículo 3º de la Ley Nacional Nº 22.431 “Sistema de Protección Integral de los Discapacitados” o leyes provinciales similares.
• Declaratoria Judicial de Insanía.

Adjuntando esta documentación al Formulario PS.2.3, se da por cumplido el “Testimonio Médico”.

Si no obra en su poder ninguna de esta documentación, debe hacer cumplimentar el “Testimonio Médico”, según las instrucciones obrantes en el formulario.

II – Carilla 2 “Informe del Empleador” (A cumplimentar por ANSES)

Un Agente de una Unidad de Atención Integral de ANSES consignará la totalidad de sus datos y los de su cónyuge.

• En “Relación con el Titular”: Cónyuge.
• En “Acreditación – Fecha”: La de presentación ante ANSES de cualquiera de esta documentación:

- Certificado médico común, en el que conste la patología.
- Estudio médico complementario, del que surja la patología.
- Certificado de Tratamiento de Rehabilitación, del que surja la patología (Kinesiología, Psicología, etc.).
- Certificado de Discapacidad emitido conforme al artículo 3º de la Ley Nacional Nº 22.431 “Sistema de Protección Integral de los Discapacitados” o leyes provinciales similares.
- Declaratoria Judicial de Insanía.
- Una Autorización para el pago de Asignaciones Familiares por Cónyuge con Discapacidad vigente o vencida.

• En “Formulario - Fecha”: La de presentación ante ANSES del Formulario PS.2.3 “Declaración Jurada Solicitud de Autorización de Pago de Asignaciones Familiares por Discapacidad”, cumplido el “Testimonio Médico”.
Recuerde que se da por cumplimentado el “Testimonio Médico” cuando el discapacitado es titular de la documentación detallada en el Punto I.
• Consigne fecha y firme en el espacio destinado a “Firma y Aclaración de Firma del Titular”, prestando conformidad a los datos consignados en la Declaración Jurada, sólo en el caso de estar de acuerdo con la totalidad de los datos declarados.

  Aclaraciones

Autorización para el pago de Asignaciones Familiares por Cónyuge con Discapacidad: ANSES determina si la patología declarada es discapacitante o ubica al enfermo en situación de riesgo. Si la atención médica, los estudios médicos complementarios de mediana y alta complejidad, las cirugías específicas y/o reparadoras, la provisión de medicamentos, alimentos, equipos o prótesis, generan mayores erogaciones al grupo familiar y emite, de corresponder, “Autorización para el pago de Asignaciones Familiares por Cónyuge con Discapacidad”.

La tramitación de la Autorización para el pago de la Asignación Familiar por Cónyuge con Discapacidad es independiente de la gestión del Beneficio Previsional.

La Autorización para el pago de Asignaciones Familiares por Cónyuge con Discapacidad puede ser de carácter permanente o transitoria, en este último caso y de continuar la enfermedad que le dio origen, tres meses antes del vencimiento debe efectuar una nueva solicitud para el otorgamiento de Autorización de Asignaciones Familiares por Discapacidad.


 
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