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21 de May de 2012

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Jubilados y Pensionados | Trámites

Poder a Persona Física

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El beneficiario puede otorgar un poder para tramitar o para percibir los haberes a una persona física.

Requisitos que debe reunir

  • Del Titular:
  • - El apoderado debe ser mayor de 18 años de edad o emancipado.
  • - De acuerdo a lo establecido por la Ley 17.040 (T.O.1974) se podrá conceder a:
  • Para tramitar y/o percibir:

    • Cónyuges y parientes por consanguinidad hasta el 4º grado o por afinidad hasta el 2º grado.
    • Convivientes, siempre que acrediten la “Convivencia Previsional” en el ADP.
    • Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares de carácter público o privado que cuenten con autorización para funcionar o de funcionarios de estos establecimientos expresamente facultados por aquellos en los que se encuentren internados los beneficiarios.
    • Cualquier persona hábil, si el beneficiario acreditare mediante certificado médico que se encuentra imposibilitado para movilizarse.
  • Para tramitar:

    • Abogado o procurador.

IMPORTANTE
Previo a iniciar el trámite deberá haber acreditado ante ANSES sus datos personales, y los datos de sus relaciones familiares en la Base de Datos de Personas (ADP), mediante la presentación de la documentación que corresponda en cada caso.

Documentación que debe presentar

  • Del Titular:

    • Exhibir DNI, LC, LE o CI en caso de figurar esta en la OPP, para acreditar identidad. En caso de no poseer DNI, LC, LE o CI, deberá presentar constancia de DNI en trámite.
  • Del Representante:

    • Formulario Carta Poder para tramitar y/o percibir, debidamente cumplimentado.
    • Exhibir DNI, LC o LE, o CI en caso de ser extranjero y no poseer DNI para acreditar identidad. En caso de no poseer DNI, LC, LE o CI deberá presentar constancia de DNI en trámite.
  • Abogado / Gestor:

    • Deberá estar registrado en la Base de Gestores autorizados como abogado/gestor habilitado.
    • Caso contrario, se deberá solicitar:
      • Si es profesional (abogado):

        • Credencial habilitante.
        • DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.
        • Nota del profesional solicitando su incorporación al registro de abogados de ANSES.
      • Si es gestor:

        • DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.
        • Nota solicitando su incorporación al registro de gestores de ANSES.
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