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Prestación por edad avanzada

La finalidad de esta prestación es brindar cobertura a aquellos afiliados de 70 o más años que tengan imposibilidad de acreditar los años de servicios exigidos para obtener una Jubilación (PBU, PC y PAP).

Condiciones Generales:

El goce de la Prestación por Edad Avanzada es incompatible con la percepción de toda jubilación, pensión o retiro civil o militar, nacional, provincial o municipal. No obstante, es factible percibir dicha prestación siempre que se renuncie a las otras prestaciones.

2) Si cumple con esos requisitos y cuenta con la documentación requerida, debe entrar a la Autopista de servicios desde aquí; y solicitar un turno, o comunicarse al teléfono gratuito 130 de 8 a 14hs.

IMPORTANTE
Para la realización de todos los trámites deben estar acreditados los datos personales en la Base de Datos de ANSES, los cuales puede verificar a través de esta página, en la solapa Autopistas de Servicio. En caso de no estar acreditados deberá dirigirse a una delegación de ANSES con su documento para regularizar la situación, sin turno previo.

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